La Voz de Tabasco
POLITÍCA

Avanza reubicación de “El Bosque” para proteger a sus habitantes en Centla: Congreso

En trabajos de la comisión de obras públicas del Congreso Estatal, se aprobó el dictamen para enajenación de un predio en el municipio de Centla, además, la comisión de Hacienda no aceptó la solicitud de dos municipios para un incremento presupuestal, ello, para pagos de laudos laborales.
Durante los trabajos de estas dos comisiones que se verificaron este lunes dentro del Congreso estatal, se establecieron acciones y análisis sobre las solicitudes que se presentaron, y sobre todo, respondieron cada uno de los planteamientos.
Como parte del trabajo de análisis de propuestas enviadas a las comisiones ordinarias de la presente Legislatura, este lunes, la Comisión Ordinaria de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial, Desarrollo Urbano y Obras Públicas sesionó para aprobar un dictamen mediante el cual, se propone reformar el Artículo Único del Decreto 007, relacionado con la enajenación de un inmueble a favor del Gobierno Federal, para destinar una parte del mismo para la reubicación de familias de la comunidad “El Bosque”, del Municipio de Centla.
El referido dictamen que fue avalado por unanimidad de votos, indica que la reforma al Decreto publicado en el Suplemente C del Periódico Oficial del Estado de Tabasco No. 7678, de fecha 6 abril de 2016, busca modificar el cambio parcial del uso de 20,000 metros cuadrados del citado inmueble, otorgándose para la construcción de 60 viviendas en favor de familias afectadas por el impacto climático en la zona.
Luis Ruiz Sandoval Frade
Rumbo Nuevo

Aval a acuerdos
Sesionó la Comisión Ordinaria de Gobernación y Puntos Constitucionales, la cual avaló por unanimidad de votos un Acuerdo que recae al Juicio Político HCE/DAJ/JP/001/2023, formado por la denuncia presentada en contra de magistrados y jueces del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Tabasco.
Así también, aprobó dos dictámenes relacionados con las minutas constitucionales por la que se reforma el Artículo 65, en materia de sesiones ordinarias del Congreso de la Unión; y por la que se interpreta el alcance del Artículo 3° transitorio, en materia de Guardia Nacional.

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